Recuerde que el próximo mes de diciembre su empresa puede escoger entre varios regímenes especiales del IVA, para que le sean de aplicación en 2013:

  • Prorrata. Si su empresa sólo puede deducirse una parte del IVA que soporta, recuerde que existen dos formas de calcular el IVA deducible: la prorrata general y la prorrata especial. En diciembre puede presentar un modelo 036 y optar por una u otra modalidad para el próximo año.
  • Grupos. Si su sociedad pertenece a un grupo de empresas, recuerde que puede darse de alta en el Régimen Especial del Grupo de Entidades en el IVA. Esto le permitirá compensar directamente los saldos positivos y negativos de IVA de sus empresas, obteniendo así importantes ahorros financieros. Para ello deberá presentar el modelo 039, junto con los acuerdos adoptados por los órganos de administración de las sociedades del grupo que optan por aplicar este régimen.