¡No pague más IAE de la cuenta!
Si su empresa debe tributar por IAE, recuerde comunicar a Hacienda las variaciones que se produzcan cada año en sus elementos tributarios (metros cuadrados del local, aforo, potencia contratada, etc.).
Variación en los elementos
Obligados a declarar. Su sociedad factura más de un millón de euros al año, por lo que está obligada a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). En dicho impuesto, la cuota a satisfacer se calcula a partir de una serie de magnitudes denominadas «elementos tributarios», que su empresa habrá comunicado previamente al Ayuntamiento o a Hacienda (según si satisface cuota local, provincial o nacional).Apunte. En general, estos elementos son la potencia de la maquinaria, el aforo o la superficie del local.
Variaciones. Pues bien, recuerde que su empresa está obligada a comunicar las variaciones que se produzcan en los elementos tributarios aplicables en su actividad. Apunte. A estos efectos:
- Positivas. Su empresa deberá comunicar obligatoriamente las variaciones positivas que se produzcan en sus elementos tributarios cuando éstas superen el 20%.
- Negativas. En cambio, si las variaciones son negativas, puede comunicarlas aunque la oscilación en dichos elementos sea inferior al 20%.
Menor actividad
Comuníquelo. Muchas empresas se dan de alta en una actividad y después, por olvido o descuido, no comunican estas variaciones. ¡No caiga en el mismo error!Apunte. Tenga en cuenta que, dada la coyuntura económica actual, son muchas las empresas que se han visto obligadas a reducir su actividad, por lo que es muy posible que sus elementos tributarios hayan sufrido variaciones sustanciales a la baja. Por tanto, comunicar dichos cambios en sus elementos tributarios puede suponerles un ahorro de impuestos.
Plazos. El plazo para comunicar estas variaciones es de un mes desde que hayan tenido lugar, y tienen efectos sobre la cuota del IAE del año siguiente a aquél en el que se produce la variación. Apunte. No obstante, en caso de que la variación sea a la baja y usted no la haya comunicado en el plazo indicado, comuníquela ahora. Así la reducción se aplicará en la cuota del año siguiente al que se efectúe la comunicación. De este modo, si en el año 2011 no comunicó una variación a la baja y lo hace en 2012, conseguirá que se le reduzca la cuota del IAE de 2013.
Ejemplo
Superficie. Su empresa realiza una actividad que está clasificada en el epígrafe 614.2 («Comercio al por mayor de productos de droguería y perfumería»), en la que el único elemento tributario es la superficie del local. Apunte. Si en 2012 ha cambiado el local que tenía hasta ahora de 496 metros cuadrados computables y se ha trasladado a otro en la misma calle con una superficie de 261 metros cuadrados computables (en cuyo hay una reducción de superficie del 47%), comunicar dicha variación al Ayuntamiento le permitirá ahorrarse 326 euros de IAE a partir de 2013:
Concepto | Sin variación | Con variación |
Cuota epígrafe | 404 | 404 |
Cuota por superficie (1) | 357 | 188 |
Cuota de tarifa | 761 | 592 |
A pagar (2) | 1.472 | 1.146 |
1. Su población es de más de 500.000 habitantes, por lo que debe satisfacer 0,72 euros por metro cuadrado.
2. Recuerde que en el IAE se aplican coeficientes multiplicadores. Por su facturación y por la ubicación del local, su empresa debe aplicar un coeficiente de ponderación del 1,29 y un coeficiente de situación del 1,5.