Podrán acogerse a estas ayudas trabajadores autónomos y personal que trabaje por cuenta propia, así como empresas de hasta 50 trabajadores, obteniendo una bonificación máxima de 14.400 euros. Boletin oficial de la Comunidad de Madrid Orden 23/2012

— Fomentar la mentalidad empresarial.

— Desarrollar mecanismos que faciliten la formación de las personas emprendedoras.

— Animar a un mayor número de personas a convertirse en empresarios.

— Favorecer la comunicación y sinergias para la promoción del emprendimiento.

— Potenciar la transferencia tecnológica al mercado de trabajo a través de la creación

de empresas de base científica y/o tecnológica.

— Apoyar a aquellos emprendedores que tras sus primeros años de negocio han de

apostar por la venta “on-line” de su producto o servicio.

 

Y podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta Orden:

a) Las personas físicas que se encuentren de alta como trabajador autónomo o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

b) Así como las personas jurídicas que hayan constituido su empresa. Siempre que las citadas altas o constituciones se hayan producido en los últimos seis años, a contar desde la fecha de aprobación de la presente Orden, y siempre que su  plantilla no supere los 50 trabajadores y contraten en el resto de términos previstos en esta Orden.