Si se está desarrollando una actividad económica como persona física, recuerde que durante este mes de diciembre es posible renunciar (o revocar la renuncia) a la aplicación de los siguientes regímenes especiales para el año 2014:
- Régimen de estimación directa simplificada en el IRPF.
- Régimen simplificado del IVA y régimen de estimación objetiva en el IRPF.
A efectos de este último régimen, y para saber si le conviene o no optar por él, sepa que recientemente han sido publicados los módulos (de IRPF e IVA) que serán aplicables en el año 2014. Si quiere acceder a la orden que aprueba dichos módulos, pulse aquí.