Recuerde que si su empresa cerró el ejercicio 2012 el pasado 31 de diciembre y su volumen de operaciones en dicho año no superó los 6.010.121,04 euros, durante el mes de febrero puede optar entre uno de los dos sistemas existentes para calcular los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2013:
- Sistema de cuota. Si opta por este sistema, en los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre, deberá satisfacer un 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades que su empresa haya tenido que presentar.
- Sistema de bases. Si elige esta otra forma de cálculo, en dichos pagos deberá satisfacer el 17% por los primeros 300.000 euros de la base imponible del período, y el 21% por el resto, restando el importe de las retenciones soportadas y los otros pagos fraccionados que haya realizado. Apunte. Si su empresa no es de reducida dimensión, el tipo de gravamen será del 21%.
En caso de que su empresa no comunique ningún cambio a Hacienda, le será de aplicación el mismo sistema que el año pasado.