La mediación es una herramienta que mediante la comunicación permite abordar los conflictos que surgen, de una manera extrajudicial.
La sociedad actual está sometida a continuos cambios que exigen el esfuerzo de las personas que la componen en acomodarse a las nuevas circunstancias. Actualmente se cuenta no sólo con ese esfuerzo personal que un hecho así requiere de los protagonistas, sino que los Órganos Estatales y asociaciones de todo tipo, ofrecen servicios profesionales de ayuda para favorecer que dicho cambio sea lo más llevadero posible. En definitiva, las sociedades actuales, asentadas en estados modernos, cuentan con recursos suficientes con respaldo público, que hacen que las personas puedan afrontar los cambios a los que son sometidos, con una mejor predisposición gracias a la ayuda de profesionales que les orientan sobre todo en la difícil tarea de la toma de decisiones que han de afrontar.
¿En qué ámbitos se puede aplicar la mediación?
La mediación puede aplicarse en diversos ámbitos: familiar, de pareja, cultural, social, laboral, mercantil…
¿Qué es el conflicto?
El conflicto se define como aquella situación en la que dos partes no se ponen de acuerdo en el mismo objetivo, o bien estando de acuerdo en lo que tienen que hacer, no logran acordar el procedimiento que convenza a ambas partes para conseguirlo.
Los conflictos forman parte natural de nuestras relaciones cotidianas y tienen como característica principal que cuando no es corregido a tiempo, produce un efecto de incremento paulatino del enfrentamiento entre las partes, haciendo que se incremente cada vez más la tensión entre las partes y que encontrar la solución sea cada vez más difícil y complicado.
¿Cuántos tipos de conflicto pueden surgir?
- Intrapersonal: cuando el conflicto se da en la misma persona.
- Interpersonal: el conflicto se da entre dos o más personas.
- Intragrupal: el conflicto se da entre los miembros de un mismo grupo.
- Intergrupal: el conflicto se da entre dos o más grupos.
- Interorganizacional: el conflicto se da entre dos o más organizaciones.
¿Cuándo se puede acudir a la mediación?
La mediación se aplica cuando surge un conflicto por incompatibilidad de ideas o enfrentamiento entre intereses, que no pueden ser canalizados entre las partes.
La mediación es una manera de resolver conflictos de forma extrajudicial, con la intervención que realiza una tercera persona (el mediador) para ayudar a que sean las propias partes enfrentadas quienes lleguen a plantear y resolver sus propios acuerdos. En definitiva, la labor que el mediador realiza es la de proporcionar a las partes las herramientas necesarias para que resuelvan su conflicto de la mejor manera posible.
¿Cuáles son las ventajas de acudir a mediación?
- Rapidez en la resolución de los conflictos, frente a los largos procesos judiciales.
- Confidencialidad de los asuntos tratados.
- Imparcialidad y neutralidad del mediador.
- Económica: tiene menor coste que un litigio o arbitraje.
- Voluntariedad de las partes.
- Win to win para las partes.
- Acuerdos duraderos.
- Flexibilidad: método que se adapta a cualquier conflicto
- Garantías: se asegura un proceso equilibrado.
- Éxito: las empresas ganan en competitividad.
- Implicación directa de las partes en la resolución del conflicto.
- Aprendizaje para resolución de conflictos futuros.
- Favorece la comunicación entre las partes.
Caso práctico:
¿Cómo se desarrolla una Mediación?
Creemos todos que es más sencillo de entender cuando nos lo explican a través de casos, ejemplos o hechos.
Supuesto:
Óscar y Sonia se separaron hace seis años. Cuando se llevo a cabo la separación, ambos tenían en proindiviso una vivienda y ambos acordaron que hasta que decidieran si vender o alquilar la vivienda, seguirían sufragando todos los gastos de mantenimiento e hipoteca con que se encuentra gravada la vivienda al 50%.
Como consecuencia de la mala relación existente entre Óscar y Sonia estos llevan cuatro años sin tener ningún tipo de contacto entre ellos y siguen haciéndose cargo de sufragar los gastos de su vivienda, debido a no haberse puesto de acuerdo en cuanto a qué hacer con la misma. Óscar debido al desagravio económico que esta situación le está ocasionando, decide iniciar acciones judiciales para la extinción del condominio. A Óscar su abogado le ha recomendado que acuda a un Mediador para la resolución del conflicto.
Procedimiento:
Óscar acude al Centro de Mediación para una primera sesión informativa donde recibe amplia información sobre el proceso, los principios que lo rigen, ha aclarado todas sus dudas sobre su coste y posible duración. Tras esta sesión informativa, Óscar decide que su conflicto sea resuelto a través de ese procedimiento. Desde el Centro de Mediación se contacta con Sonia y se le invita también a una sesión informativa. Tras aceptar la invitación y acudir a la sesión informativa, Sonia decide aceptar la Mediación para la resolución de su conflicto. En este caso, la finalidad de la mediación es fijar las bases para la extinción del condominio y como sufragar los gastos de dicha extinción.
La Mediación se realiza en tres sesiones conjuntas de una hora y media de duración cada una aproximadamente. La mediadora les informó sobre la posibilidad de ser asistidos por sus respectivos abogados a lo largo de todo el proceso de mediación y también en el momento del acuerdo.
En la primera sesión las partes exponen sus posiciones con respecto al conflicto existente y la mediadora está muy atenta para que los mediados recuperen la confianza en sí mismos en orden a lograr gestionar esta situación por sí mismos.
En las siguientes sesiones y una vez que la mediadora ha percibido que los mediados han rebajado la tensión interior que durante años les ha impedido establecer una comunicación entre ellos debido a su ruptura, la mediadora ayuda para crear un espacio común de comunicación y orienta la atención de los mediados hacia sus intereses y necesidades y la forma en que pueden ser satisfechos.
Solución:
Finalmente, las partes llegan al siguiente acuerdo:
– Tasar la vivienda a efectos de poder conocer el precio por el que se podría vender la vivienda y pagar dicha tasación al 50%.
– Extinguir el condominio existente, adjudicándose Sonia la vivienda al 100% si el banco le acepta que la hipoteca sea íntegramente a su nombre y, abonar a Oscar la cantidad que le pudiera corresponder. Así mismo, se acuerda que los gastos de Notaria e impuestos de Actos Jurídicos documentados correrán por cuenta de ambas partes, pero los gastos de novación hipotecaria solo por cuenta de Sonia.
– En caso de no aprobarle el banco a Sonia la operación, poner a la venta la vivienda como mínimo por el precio tasado y, seguir hasta su venta corriendo con los gastos al 50%, incluidos los gastos de plusvalía.
Si te interesa conocer más o asesorarte acerca del funcionamiento de los procesos de mediación, no dudes en ponerte en contacto con nosotr@s: Sanjuan Asesores