¿Saldos en la cuenta con Socios?
A menudo nos encontramos sociedades con mucho movimiento en la cuenta con socios, esto puede llegar a representar un problema; Hacienda puede inspeccionarnos y llegar a las siguientes situaciones:
¿Qué puede pasar?
Si los saldos son a favor del socio, son permanentes, sin devoluciones Hacienda lo considerará un dividendo y además se le podrán reclamar a la sociedad intereses de demora y sanciones.
Si los saldos son a favor del socio, pero hay devoluciones por parte de la sociedad y no se han liquidado intereses hacienda realizará dos ajustes:
- Considerando en el primero que la sociedad tiene un ingreso por los intereses y la hará tributar por ello, mientras que el gasto del socio no será deducible en su IRPF.
- En el segundo ajuste, como el socio no ha pagado los intereses, Hacienda considerará que este tiene un beneficio de la sociedad por el que deberá tributar en su IRPF.
Si los saldos son a favor de la sociedad y no se han liquidado intereses, Hacienda realizara de nuevo dos ajustes:
- En el primero considerará que la sociedad tiene un gasto por los intereses mientras que el socio tiene un ingreso por el que debería haber tributado en su IRPF.
- El segundo ajuste, como la sociedad no ha pagado los intereses, Hacienda lo considerará una aportación de fondos.
¿Cómo deberíamos hacerlo? ¿Qué opciones tenemos?
- Si a menudo vamos a tener movimientos con importes altos entre sociedad y socio lo mejor es formalizar un contrato de préstamo, presentándolo en la Oficina Liquidadora del ITP y AJD, y pagando intereses a precio de mercado.
- En otro caso, si es la sociedad la deudora y no va a poder devolverlo, podemos considerar realizar un aumento de capital con capitalización de préstamos.
- Así mismo si es el socio el deudor y no va a poder devolver el dinero deberíamos verificar si la sociedad puede repartir dividendos.