Sanjuan Asesores

Asesoría fiscal, laboral y financiera

Sanjuan Asesores Sanjuan Asesores
  • Home
  • Nóminas
  • Mediana empresa
  • Pequeña empresa
  • Emprendedores
  • Actualidad Coronavirus
  • Blog
  • Contactar
    • Área clientes

Todo lo que necesitas saber sobre la Renta 2017. ¡Plazo abierto!

  • By Sanjuan Asesores
  • abril 6, 2018
  • Fiscal
Todo lo que necesitas saber sobre la Renta 2017. ¡Plazo abierto!

Todo lo que debemos saber para estar al día sobre la nueva campaña de la Renta 2017.  

El plazo de presentación de la declaración de la Renta arrancó el 4 de abril, con fecha límite hasta el 2 de julio, para la presentación del IRPF.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta?

La Agencia Tributaria dice que están obligados a declarar todas las personas físicas residentes en España salvo las excepciones que veremos a continuación.

Logotipo de la campaña Renta 2017, avanzando contigo

¿Quiénes no están obligados a declarar?

Quienes obtengan rentas, ya sean sueldos, pensiones, haberes, pensiones compensatorias, anualidades alimentarias, etc., que no superen los siguientes importes:

– 22.000 euros anuales

  • Si cotizan menos de 22.000 euros con un solo pagador
  • En el caso de tener dos pagadores, si no superan los 22.000 euros y el segundo o tercer pagador, en orden de cuantía, no supera los 1.500 euros anuales en
  • Cuando los rendimientos consisten en prestaciones pasivas (planes de pensiones, seguridad social, seguros…) siempre que la retención se haya realizado según el reglamento establecido.

– 12.000 euros anuales

  • Cuando los rendimientos proceden de más de un pagador y la suma de las cantidades del segundo o restantes en orden de cuantía supere los 1.500 euros.
  • Cuando existen pensiones compensatorias de un cónyuge.
  • Cuando se perciben anualidades por alimentos.
  • Si no existe retención porque el pagador no está obligado a retener.
  • Cuando se perciben rendimientos íntegros de trabajo a tipo fijo.

– Rendimientos de capital mobiliario con límite de 1.600 euros anuales.

– Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro no sujetas a retención y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial que no superen los 1.000 euros.

Por descontado, la Agencia Tributaria aclara que en ningún caso tendrán que presentar declaración quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen  los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

¿Cuáles son las fechas de la campaña Renta 2017 a tener en cuenta?

Imagen de un calendario

Aunque la campaña comienza el 4 de abril, desde el pasado 15 de marzo los ciudadanos ya pueden descargarse para Android e IOS, la primera aplicación de la Agencia Tributaria (AEAT). De momento se pueden consultar los datos fiscales y el número de referencia (que será imprescindible para presentar la Renta el día 4  a través de móvil o tableta).

A partir de la citada fecha, el día 4 de abril, los contribuyentes podrán solicitar sus datos fiscales (el borrador) de las declaraciones de Renta y Patrimonio del 2017 exclusivamente por Internet. Además, la Agencia Tributaria, ha puesto en marcha un servicio telefónico (Plan LE LLAMAMOS) en el que a partir del día 4, se podrá llamar para pedir cita previa para que un técnico especializado le llame en la fecha y hora acordada y presentar la declaración vía telefónica.

El día 8 de mayo se abre el periodo de solicitud de cita previa para presentar las declaraciones de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria y el 10 de mayo ya se puede realizar la presentación de forma presencial en las oficinas (siempre con cita).

El 29 de junio concluye el plazo de solicitud de cita previa. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo concluye el 27 de junio.

Y, finalmente, el 2 julio finaliza el plazo para la declaración de la Renta y Patrimonio 2017 con resultado a devolver.

¿Cuáles son las vías de presentación de la Renta 2017?

Teléfono renta 2017, atención al contribuyente

  • “Plan LE LLAMAMOS”: Esta nueva herramienta de la Agencia Tributaria impulsa la asistencia telefónica, previa cita, para presentar la declaración por teléfono. Para solicitar este servicio, los contribuyentes deben tener unos rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros, rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros y otros rendimientos ganancias y pérdidas patrimoniales con los mismos límites anteriores. Cuando se presente, debemos conocer nuestro número de referencia. Se puede ampliar la información aquí.

 

  • Renta Web: Sustituye al Programa Padre y al borrador del IRPF ya que es una mezcla de ambos. Se accede desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y facilitará la presentación y modificación de datos fiscales para su posterior declaración pues ya no ofrece tantos problemas técnicos como el programa anterior. El contribuyente solo tendrá las casillas con información relevante para su declaración o aquellas que puede o debe añadir. Una vez finalizado el proceso, solo hay que ir al banco con el documento de ingreso o devolución. Para acceder a la Renta Web, el sistema solicitará DNI electrónico, número de referencia o Cl@ve PIN. Puedes acceder desde aquí.

 

  • Cita presencial en oficinas: Para presentar la Renta del 2017, también se podrá acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria. Allí se podrá configurar la declaración con un técnico especializado siempre y cuando los rendimientos del trabajo sean inferiores a 65.000 euros y los rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 Es necesario solicitar cita previa y para ello le pedirán el número de referencia y NIF del contribuyente.

 

  • App de la Agencia Tributaria. A partir del 4 de abril los contribuyentes que tengan una declaración simplificada y no requieran de atención en oficinas pueden presentar el IRPF con esta aplicación a través de móviles y tabletas. Si tienen que realizar alguna modificación en su Renta, la aplicación les dirigirá al servicio Renta Web. Para poder utilizar esta herramienta el sistema le requerirá registrarse mediante el número de referencia o la Cl@ve PIN.

¿Cómo identificarse para acceder a los servicios de la sede electrónica de la Agencia Tributaria?

Imagen que representa un candado y un smartphone, pin clave para la renta 2017

Para operar a través de las diferentes herramientas que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes, incluso para pedir cita, es necesario identificarse de manera segura y garantizar la identidad y seguridad de los ciudadanos. Las tres vías de identificación son siempre las siguientes:

Número de referencia:

El número de referencia será requerido en todas las operaciones y vías de presentación de la Renta. Se puede obtener a través de diferentes formas: 

  • Casilla 450 de la declaración del ejercicio anterior. En la sede electrónica ya hay un espacio específico dentro de “trámites destacados” para “obtener el número de referencia”. Se indicará que se introduzca el código que aparece en la casilla 450 del ejercicio anterior además del NIF y nuestro primer apellido.

 

  • Cl@ve PIN: si no encontramos la declaración anterior o simplemente no la hicimos, no pasa nada, se puede obtener el número de referencia por medio de la Cl@ve PIN. Para obtener esta clave debemos registrarnos en agenciatributaria.es pinchando en el icono Cl@ve PIN. El sistema nos pedirá una serie de datos (NIF, apellidos, mail y teléfono móvil) y una vez introducidos se generará un documento por el cual ya estaremos registrados. A continuación, se nos enviará una clave por SMS con la que podremos obtener el número de referencia y realizar todas las operaciones durante 24 horas. Este procedimiento también se puede realizar con la aplicación y en oficinas presenciales. Si no hay registro formalizado en el sistema Cl@ve PIN, se remitirá una carta a la dirección autorizada, este documento incluye un código que permitirá el registro y la obtención del PIN necesario para acceder al número de referencia.

 

  • Certificado electrónico: si tiene un certificado electrónico también puede solicitar el número de referencia a través de él.

¿Cómo pedir cita previa para hacer tu declaración de la Renta este 2018?

Logotipo de la Agencia Tributaria

 

  • “Plan LE LLAMAMOS”: la cita se puede obtener a través de la página de la Agencia Tributaria o en los teléfonos: 901 12 12 24 – 91 535 73 26 (servicio automático) o 901 22 33 44 – 91 553 00 71 (atención personal). Le solicitarán el DNI.

 

  • Cita Presencial: es necesario acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria dirigirse al apartado Trámites Destacados, Cita Previa y una vez allí seleccionar lugar, fecha y hora de la presentación. Para completar la cita le solicitarán NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia. También  se puede solicitar a través de la App de la AEAT o en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71.

Glosario de términos sobre la Renta

Si quieres comprender mejor todo el proceso de la Declaración de la Renta 2017 y sus conceptos principales te recomendamos que te dirijas al siguiente artículo:

Términos básicos sobre la Renta 2017. ¡Ha llegado el momento de que entiendas tu declaración!

Tagged

Agencia TributariaasesoriagestoriaRenta 2017

Share

Related Posts

¿Saldos en la cuenta con Socios?

julio 2, 2019

¿En qué consiste el recargo de equivalencia?

octubre 15, 2018

Autónomos y vacaciones, ¿seguir o no seguir pagando la cuota?

julio 25, 2018

Facturación mediante cooperativas y sanciones de la Seguridad Social. ¿Qué está pasando?

mayo 4, 2018

Formación Gratuita para mejorar la Tesorería y la Rentabilidad

Formación Gratuita para mejorar la Tesorería y la Rentabilidad

Tu Software de Contabilidad Automatizada

Tu Software de Contabilidad Automatizada

Reserve una sesión un con un especialista en nóminas

Reserve una sesión un con un especialista en nóminas

Categorías de información

  • Contabilidad / Finanzas
  • Emprendimiento
  • Fiscal
  • Formación
  • General
  • Gestión Empresarial
  • Iniciativas y ayudas
  • Laboral
  • Liderazgo
  • Transformación digital
  • Uncategorized

Comentarios recientes

  • Cıvata en Preparados para preparar el presupuesto 2016
  • juan bermudez en Nuevos limites para formular Cuentas Anuales Abreviadas
  • Adrián Chiogna en MEJOR la Política de costes que la política de gasto en la PYME
  • Formación para la profesionalización de la PYME | Sanjuan Asesores en La PYME desaprovecha la formación bonificada.
  • José Luis en El modelo de negocio de gestoría/Asesoría tradicional está agotado.
  • Home
  • Gestión
  • Consultoría
  • Auditoría
  • Contacto
  • Condiciones de uso y política de privacidad
  • LinkedIn
  • Facebook
  • Twitter

© Sanjuan Asesores 2017. Agencia de branding momuu

  • Home
  • Mediana empresa
  • Pequeña empresa
  • Emprendedores
  • Blog
  • Contactar
    • Área de clientes